jueves, 24 de octubre de 2013

MINUTA DEL CONTRATO DE MUTO

O
Préstamo con Intereses

Entre los suscritos _________________y_________________, personas mayores y vecinos de_________ identificados como aparecen al pie de sus firmas, quienes en adelante se denominarán MUTUANTE y MUTUARIO respectivamente, convienen celebrar un contrato de Mutuo o Préstamo, según las siguientes estipulaciones:
PRIMERA: El MUTUANTE da en mutuo a El MUTUARIO, quien lo acepta, la suma de_________ ($________), que el MUTUARIO recibe en este acto en (efectivo, consignación o cheque n.° _____ del Banco _______), sirviendo este documento como suficiente recibo y carta de adeudo.
SEGUNDA: El término de restitución del valor dado en mutuo, será el día _______ (__) de _____ del año______.
TERCERA: El mutuo devengará un interés a favor del MUTUANTE del ___ (__)% mensual sobre el capital del mutuo, el cual deberá ser abonado por el MUTUARIO en plazo vencidos mensuales.
CUARTA: El pago de intereses, deberá ser efectuado cada mes contados a partir de la fecha de entrega del mutuo, en dinero efectivo, y en el domicilio del MUTUANTE según se indica junto a su firma, o donde éste indicará en el futuro.
QUINTA: Durante la vigencia del préstamo, hasta su total cancelación, como condición para el mantenimiento del plazo de amortización otorgado, El MUTUARIO no podrá sin el previo y expreso consentimiento por escrito del MUTUANTE disolverse, ni ser fusionada o absorbida por otra sociedad (esta condición es en caso que el deudor sea una Persona Jurídica).
SEXTA: El MUTUARIO incurrirá en mora en los siguientes casos:
1) Deja de pagar, en el plazo y condiciones indicadas, los intereses, o el capital;
2) Viola cualquiera de las prohibiciones establecidas en la cláusula quinta (si es Persona Jurídica el deudor);
3) Solicitar el concurso preventivo de sus acreedores o su propia iliquidez o ésta le fuera solicitada por terceros y no es desestimada dentro de la oportunidad procesal por el MUTUARIO;
4) Es objeto de una intervención judicial o administrativa, de todo o parte de su activo;
Producida la mora, que se producirá por el mero vencimiento del plazo, El MUTUANTE podrá a su arbitrio, y sin necesidad de requerimiento al MUTURARIO, declarar de pleno derecho la caducidad del plazo o término otorgado para la cancelación del mutuo/préstamo y exigir el inmediato pago del capital y de intereses de plazo adeudados, más un interés moratorio desde la fecha de la mora hasta la del efectivo pago del______% anual sobre saldos de capital.
SEPTIMA: La falta de ejercicio por parte del MUTUANTE de cualquiera de los derechos que este contrato le otorga como acreedor y tenedor del Título Valor, así como el otorgamiento al MUTUARIO, bajo cualquier forma jurídica, de una prórroga en los plazos pactados, no implicará la renuncia a estos derechos ni a sus garantías, ni impedirá al MUTUANTE ejercer tales derechos u otros en lo sucesivo.
OCTAVA: El MUTUARIO podrá hacer el pago del capital adeudado antes de la fecha de vencimiento, caso en el cual, cancelará los intereses de plazo mencionados en el punto TERCERO, liquidados hasta el día del pago total del capital; en caso de abonos parciales a capital, el interés de plazo del punto TERCERO se liquidará sobre el saldo de capital.
NOVENA: Las partes informan sus domicilios junto a sus firmas, donde será valida toda notificación que se les deba hacer.
DECIMA: El presente contrato tiene el carácter de Título Ejecutivo conforme a las normas civiles y comerciales. Asimismo, el único que tiene obligaciones pendientes en cumplirse según este Título es El MUTUARIO.

En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor, en la ciudad de_________, a los _______días del mes de______, del año________

______________                       ________________ 
EL MUTUANTE                          EL MUTUARIO
C.C.                                 C.C
CEL:                                CEL:                                            

EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE MUTUO

  • En caso de préstamo sin interés el prestatario puede devolver lo prestado en cualquier momento antes de la finalización del plazo contractual pactado. Sin embargo, en caso de préstamo con interés no existe ese derecho, aunque sí que puede pactarse.

  • En cosas fungibles cuando el mutuario devuelva bienes en la cantidad, especie y calidad que sean igual a los recibidos.





FORMAS DE MANIFESTAR EL CONSENTIMIENTO EN LA CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA.

Como podemos notar, la noción del ciberespacio surge, en referencia a un mundo  utópico e irreal, el cual el autor probablemente no imaginó que llegara a existir. Nos encontramos ante un mundo basado en redes de computadoras, por las cuales fluye constantemente información, textos, sonidos y en sí, datos que se transmiten en pocos segundos y que eliminan las barreras geográficas y jurídicas existentes en el mundo atómico.

Según las formas de evidenciar el consentimiento los contratos electrónicos de dividen en dos: 1. En donde la comunicación  y la oferta se dan de manera simultánea, directa, en línea y coincide en el tiempo. 2. los que en la oferta y aceptación ocurren de manera sucesiva, indirecta, no en línea y no coincide en el tiempo.

A. ON LINE: Hace alusión a la comunicación simultánea, directa, coincide en el tiempo.

1.  Oferta Mediante Chat: A pesar de ser por escrito, pero por sus características, se asimila a la propuesta entre presentes, se acepta o rechaza una vez sea percibida o leída.

2. Vídeo Conferencia: oferta mediante vídeo conferencia, se asimila a la propuesta entre presentes, debiéndose aceptar o rechazar una vez sea percibida. (Artículo 850 C.Co).


B.OFF LINE: Corresponde a la comunicación de manera sucesiva, indirecta, no en línea y sin coincidir en el tiempo.

1. Correo Electrónico: El correo electrónico establece una condición temporal entre la emisión y la recepción del mensaje.

2. La Firma Digital: La firma ha sido una de las formas tradicionales de concretar el consentimiento de las partes intervinientes en un contrato sus principales funciones son las de identificar a un sujeto de derecho, vincularlo con el contenido del documento y procurar su integridad.

3. Páginas Web: La más difundida forma de configurar negocios electrónicos es a través de páginas web, las cuales pueden adoptar diversas formas.





OBLIGACIONES DE LAS PARTES EN EL CONTRATO DE MUTUO

OBLIGACIONES DEL MUTUARIO

o   devolver otros bienes en la cantidad, especie y calidad que sean igual a los recibidos.

o   Si se ha prestado dinero devolver la suma numérica enunciada en el   contrato.


o   La restitución debe hacerse en el término fijado por las partes: mutuante y mutuario quienes expresan su voluntad.


OBLIGACIONES DEL MUTUANTE

o   entregar el bien, transfiere su propiedad, quedando facultado el mutuatario para disponer de el.

o   indemnización por los daños que por los vicios ocultos o la mala calidad de la cosa mutada sufra el mutuario.





REQUISITOS DE VALIDEZ DE LOS CONTRATOS ELECTRÓNICOS.

Para que un contrato tenga validez, debe cumplir con los requisitos de consentimiento. Complementario a estos están los requisitos para su validez.

1.    Capacidad: los representantes deben ser capaces, si no, lo son deben obrar a través de su representante legal.

2.    Consentimiento libre de vicios: que la voluntad no este afectada por error, dolo, fuerza.

3.    Objeto lícito: las prestaciones u obligaciones no deben contrariar el ordenamiento jurídico.


4.    Causa lícita: los motivos no deben ser contrarios al ordenamiento jurídico.






ELEMENTOS DEL CONTRATO DE MUTUO

CAPACIDAD PLENA DE LOS CONTRATANTES: porque el mutuante se desprende del dominio de la cosa prestada y por tanto ejerce actos de disposición, y el mutuario al tener que devolver igual género y calidad también extrae posteriormente bienes de su patrimonio para el cumplimiento de esta obligación restitutoria; por esto se exige la capacidad suficiente para enajenar.

CONSENTIMIENTO: como expresión previa para la conformación teniendo en cuenta los siguientes requisitos:

  •  Que sea legalmente capaz.
  • Que consienta en dicho acto o declaración y su consentimiento no adolezca de vicio.
  • Que recaiga sobre un objeto lícito.
  • Que tenga una causa licita

OBJETO: se confunde con el bien prestado, el cual debe recaer sobre las cosas fungibles licitas.

CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO DE MUTUO

El mutuo tiene por objeto cosas fungibles, ya que impone al hacerse la entrega un acto traslaticio de dominio, y el mutuario al usarla, las consumirá.


REAL: se perfecciona mediante la entrega de la cosa prestada.

UNILATERAL: obligación del mutuario  para devolver otras tantas del mismo género y calidad y de pagar en el evento que se hubiere pactado intereses. 


GRATUITO: Es gratuito porque el mutuario no está obligado a pagar contra prestación alguna si esta no se pacta expresamente.

PUEDE SER ONEROSO: cuando el mutuante sufra el gravamen y se le impone al mutuario la obligación de pagar intereses. Mutuo en comercial.

ES PRINCIPAL: el mutuo subsiste por sí solo, sin requerir de otra convención.

ES NOMINADO: su calificación y desarrollo emanan de la misma calificación y organización sustancial del código civil.

·El contrato de mutuo puede ser celebrado en forma verbal o escrita.